El Senado provincial aprobó el proyecto para ampliar la vigencia del carnet en Mendoza pero introdujo una modificación en la redacción, por lo que Diputados deberá votar nuevamente la iniciativa.
El Senado provincial aprobó este martes la propuesta de reforma de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que extiende el plazo de vigencia de la licencia de conducir en Mendoza a 10 años. La iniciativa había sido aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados y hoy obtuvo el aval del Senado. No obstante, se introdujo un cambio en la redacción por lo que la Cámara Baja deberá volver a votar el proyecto para que se convierta finalmente en ley.
La modificación más importante que plantea la iniciativa consiste en la ampliación del plazo de validez de las licencias de conducir a 10 años, que actualmente tienen una vigencia de 5 años, hasta que la persona cumple 65 años de edad. A partir de allí, desde los 66 a los 75 años, va a durar 5 años la licencia, y para los mayores de 75 va a durar 3 años.
A su vez, ya no se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 años, salvo expresa indicación médica o, para todos los casos, que haya transcurrido más de un año del vencimiento de su licencia.
También se establece que el arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años, mientras que el personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.
El proyecto originalmente había sido presentado por el diputado de La Libertad Avanza, Gustavo Cairo, y se le sumó una iniciativa del Gobierno de Mendoza que incorporó más modificaciones a la legislación de tránsito.
La semana pasada la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma y este martes el Senado acordó tratar sobre tablas la iniciativa, sin que tenga un paso por comisiones, ya que todos los integrantes del cuerpo estaban de acuerdo con la propeusta y la terminaron votando por unanimidad. Sin embargo, los senadores introdujeron un cambio en la redacción, por lo que el proyecto deberá volver a ser votado por la Cámara Baja la próxima semana.
Concretamente, la modificación que se hizo fue reemplazar la redacción de un artículo que decía "las licencias de conducir otorgadas" por "las licencias de conducir que se otorguen". El cambio apunta a que quede claro que los nuevos plazos comenzarán a correr para las nuevas licencias de conducir que se otorguen y no para las otorgadas antes de la sanción de esta reforma.
Uno de los cambios que introdujo la propuesta de Poder Ejecutivo fue que la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial pase de la órbita del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial al Ministerio de Seguridad y Justicia. El objetivo de esta medida es unificar las autoridades responsables de la aplicación de la Ley N° 9024, ya que actualmente existen tres instancias provinciales que desempeñan este papel: la Dirección de Seguridad Vial, la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial y la Dirección de Transporte, además de los municipios.
Otra novedad importante en el proceso de renovación de las licencias tiene que ver con medidas más estrictas para quienes han cometido infracciones relacionadas con el consumo de alcohol. En esta línea, se establece en el proyecto la excepción del plazo de renovación para "??los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, para reiterantes de la infracción de conducir alcoholizado. En estos casos el plazo de renovación será de 5 años.