El Gobierno de Mendoza estableció las penalidades para emprendimientos que no cumplan con las normas vigentes.
A través del decreto 2792, publicado este martes en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro de Gobierno, Natalio Mema, aprobaron la normativa que establece la metodología y las pautas para la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo IV (artículos 18 a 23) de la mencionada ley.
Allí se explica que serán infracciones aquellas conductas que impliquen el desarrollo de actividades no autorizadas o en zonas prohibidas, la comercialización irregular de parcelas, la degradación ambiental -reversible o irreversible- y toda acción que afecte cauces aluvionales o los bienes protegidos legalmente. Ante estos casos, la autoridad de aplicación se encuentra facultada para aplicar sanciones y medidas precautorias inmediatas.
Las acciones estipuladas en la normativa ante casos de infracciones:
El decreto también creó un registro de infractores a la Ley 9414, administrado por la Unidad Interjurisdiccional Piedemonte, donde se inscribirán las sanciones firmes. Será público y podrá difundirse en medios oficiales.
En el año 2023, el Gobierno multó a un emprendimiento del Piedemonte por mantener irregularidades catastrales, incumplimientos ambientales y reincidencias, luego de una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal contra el propietario del barrio ubicado en El Challao. La sanción fue dispuesta por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial que en ese entonces estaba en manos de Humberto Mingorance. FUENTE: SITIO ANDINO