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El Gobierno de Mendoza creó un Registro de Proyectos Mineros: cómo se implementará

La Dirección de Minería del Gobierno de Mendoza le pedirá a los titulares de los proyectos que se inscriban y aporten documentación.

Miercoles, 19 de Noviembre de 2025
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Se trata de una herramienta prevista en el artículo 50 del Código de Procedimiento Minero, Ley 9.529, sancionada el año pasado en la provincia. Será responsabilidad de la Escribanía de Minas de la Dirección de Minería inscribir a todos los peticionantes, titulares y operadores de proyectos mineros.

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Qué documentación exigirá la Dirección de Minería

El Área de Desarrollo Sostenible y el Área de Catastro deberán tomar todas las inscripciones efectuadas en el registro, que deberán realizarse mediante el sistema Tickets con la siguiente documentación:

  • Declaración Jurada de Buenas Prácticas (Resolución 192/24).
  • Declaración Jurada Técnica (Ley9.529).
  • En los casos de permisos de explotación, la Declaración Jurada Técnica será de presentación obligatoria y deberá acompañar el acompañar el programa mínimo de exploración (Ley 9.529).

La resolución también señala que la Autoridad Ambiental Minera podrá requerir a los peticionantes, titulares y operadores que informen, en el plazo de quince (15) días, los avances y resultados técnicos de los trabajos de los proyectos inscriptos.