Mendoza, de de

Mendoza Ahora

El IPV amplía el alcance del plan de cancelación de deudas hipotecarias: los cambios

La nueva resolución permite que más adjudicatarios accedan a los beneficios de las leyes 9378 y 9571, que facilitan la cancelación de créditos habitacionales.

Viernes, 5 de Diciembre de 2025
(222360)

La medida quedó oficializada mediante la Resolución 1583, que ajusta artículos clave de la Resolución 1194/2024, base reglamentaria del esquema de cancelación vigente. La decisión se tomó tras un análisis interno del organismo, que detectó que un número importante de viviendas inhabilitadas -por motivos administrativos o situaciones imputables al adjudicatario- reunían las condiciones para acceder al régimen, pero habían quedado excluidas por la propia mecánica del sistema.

Lee además

Los cambios

Según consta en el expediente EX-2025-08167431, el área de Administración de Créditos solicitó extender el beneficio debido a que "no habría impedimento alguno para dar por cancelados de oficio los créditos que se encuentren inhabilitados", siempre que cumplan con lo exigido por la ley. El dictamen jurídico del organismo coincidió en que la exclusión carecía de fundamento legal y recomendó su incorporación.

Otro de los cambios importantes es la inclusión de las personas jurídicas. Hasta ahora, estos titulares debían presentar un trámite formal para acceder a los beneficios, según lo previsto en la normativa anterior. Con la nueva resolución, podrán incorporarse al régimen de manera directa, en igualdad de condiciones con las personas físicas.

No obstante, el IPV mantuvo algunas exclusiones. Quedan fuera del beneficio los créditos identificados con los códigos 822 (créditos mixtos) y 815 (Ahorro Previo - Construyo mi Casa), además de aquellos que figuren con "cancelación no autorizada". Estas categorías seguirán sin poder adherirse al plan por estar reguladas bajo esquemas particulares.

El Directorio del instituto destacó que la medida "armoniza el texto reglamentario con el espíritu de la ley" y facilita la regularización dominial de muchos adjudicatarios que buscan concluir sus obligaciones crediticias. Además, remarcó que se trata de una resolución de carácter reglamentario, por lo que será publicada en el Boletín Oficial en los plazos correspondientes.

La medida facilita la regularización dominial de muchos adjudicatarios que buscan concluir sus obligaciones crediticias.

Con estos cambios, el IPV avanza en un proceso de actualización normativa que apunta a simplificar trámites, ampliar derechos y agilizar la gestión de su cartera crediticia.FUENTE: SITIO ANDINO