El Senado aprobó por unanimidad la propuesta del oficialismo que ya tenía el aval de Diputados. En taxis y remises el tope es de hasta 10 años
Lo que ocurrió este martes fue que la Cámara de Senadores otorgó sanción definitiva a la ratificación del decreto emitido en diciembre de 2024, que modificaba las condiciones de antigüedad de los vehículos habilitados para distintos servicios de transporte de pasajeros.
El presidente de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, el radical alvearense Walther Marcolini, explicó que "el decreto responde a un reclamo sostenido de empresas del sector, que venían solicitando la posibilidad de utilizar unidades con más años de servicio".
El ex intendente detalló: "La nueva normativa amplía de 10 a 13 años la antigüedad máxima permitida para el transporte contratado general, turístico, por comitente determinado, para personas con discapacidad, escolar e institucional".
En el caso del transporte privado a través de plataformas electrónicas, el límite se elevó de 5 a 7 años.
El legislador destacó que "la extensión se apoya en criterios técnicos de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, que avala la utilización de vehículos con hasta 13 años siempre que se sometan a un estricto régimen de control. Es decir: las unidades que superen los 10 años deberán realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) cada 60 días".
La medida se fundamenta en que, según la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, los vehículos con hasta 13 años de antigüedad, sometidos a controles técnicos estrictos cada cuatro meses, no presentan problemas de seguridad para la prestación normal de los servicios La medida se fundamenta en que, según la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, los vehículos con hasta 13 años de antigüedad, sometidos a controles técnicos estrictos cada cuatro meses, no presentan problemas de seguridad para la prestación normal de los servicios
La normativa alcanza a los servicios de transporte de pasajeros contratado general, turístico, por comitente determinado, para personas con discapacidad, escolar, institucional y privado a través de plataformas electrónicas.
Con la nueva disposición, los permisionarios podrán utilizar vehículos con una antigüedad máxima de hasta 13 años -actualmente el límite es de 10-, salvo en el caso del transporte privado mediante plataformas electrónicas, donde el tope pasa de 5 a 7 años.
Para la incorporación o renovación de unidades, el límite se mantiene en 10 años para el primer caso y en 5 años para el segundo.
En cuanto al transporte de interés general de taxis y remises, el decreto fija una antigüedad máxima de 10 años para los vehículos eléctricos destinados a taxis y de 8 años para los destinados a remís. También prohíbe la transferencia de permisos, autorizaciones o habilitaciones para el transporte privado de pasajeros cuya inscripción en los registros siga abierta. fuente: TITULO TEXTO Y FOTO DIARIO UNO