En el país y en el mundo se han producido casos de niños afectados e, incluso muertos, por estas situaciones.
El Gobierno de Mendoza promulgó la Ley 9559, que endurece las sanciones por diversas infracciones, incluyendo dejar a los menores en automóviles.
El Gobierno de Mendoza promulgó la Ley 9559, que endurece las sanciones por diversas infracciones, incluyendo dejar a los menores en automóviles.
En el país y en el mundo se han producido casos de niños afectados e, incluso muertos, por estas situaciones.
El Artículo 118 establece la sanción con multas de hasta $254.000 a quienes dejen a menores de ocho años en un auto sin la supervisión de un adulto responsable.
La situación se agravará si el vehículo está encendido o si el riesgo para el menor es aún mayor. En estos casos, puede duplicarse la sanción económica. En estos casos, las penas pueden incluir arresto o trabajo comunitario.
Artículo 118- Dejar a menores de edad en un vehículo automotor, sin el cuidado de una persona responsable. El que dejare en el interior de un vehículo automotor o similar a un menor de ocho (8) años de edad, sin el cuidado de una persona responsable, será sancionado con multa desde seiscientas (600) U.F. hasta dos mil (2.000) U.F. o arresto desde seis (6) días hasta veinte (20) días o trabajo comunitario desde doce (12) días hasta treinta y seis (36) días", señala el texto de la ley.
"El máximo de la sanción prevista se duplicará cuando el vehículo se encontrare encendido o cuando las condiciones externas o internas importen un mayor riesgo para la integridad física del menor. El personal policial interviniente deberá disponer las medidas razonablemente necesarias para asegurar la protección integral del menor", agrega.